Ir al contenido principal

Tal y como se determina en sus estatutos, AFA Zamora ha celebrado la Asamblea General anual de forma ordinaria dentro del primer trimestre del año, el martes 24 de marzo. En ella se presentó la memoria de actividades y balance del año 2014; así como se aprobaron por unanimidad los presupuestos del 2015.

Posteriormente se realizó la Asamblea Extraordinaria previamente acordada por la Junta Directiva, en la que se aprobaron la modificación de los siguientes artículos:

Art. 5: “De los fines de la Asociación”.
Art. 6: “De las actividades, servicios y actos de la Asociación”.
Art. 14: “Derechos de los socios”.
Art. 25: “Del Consejo Rector”.
Art. 26: “De la elección de los miembros del Consejo Rector”.

Los cambios propuestos suponen mejoras relacionadas con la condición de socios/as, a los cuales, se ha determinado, se les dará prioridad en el acceso a Servicios y Programas que ofrece la Entidad, así como tarifas especiales para el disfrute de los mismos.

Respecto a los miembros del Consejo Rector, en el futuro estará integrado por doce miembros, que serán elegidos por la Asamblea General en candidaturas abiertas o cerradas con un máximo de nueve titulares y tres suplentes. El Consejo Rector es el Órgano de Gobierno constituido para el estudio, análisis, asesoramiento y ayuda de la Junta Directiva en la gestión y administración de la Asociación, con derecho a conocer, proponer y fijar las funciones expresadas en estos Estatutos y se cree que de esta manera se optimizarán las reuniones de trabajo que dichos miembros llevan a cabo.

Para poder presentarse a la elección como miembro del Consejo Rector se debe haber sido socio durante al menos los dos últimos años. En este contexto cabe destacar la puntualización añadida en la Asamblea Extraordinaria del 24 de marzo de 2015 “Salvo petición expresa del Consejo Rector y/o Junta Directiva.”

Es conocido públicamente que los miembros que componen el Consejo Rector no perciben remuneración alguna por el desempeño de sus funciones. Ahora se acota y específica la condición de que si hubiera necesidad del pago de dietas por traslados u otros compromisos, estos serán abonados atendiendo a la legalidad vigente tributaria, siempre que se presente la justificación oportuna de dichos gastos, como baluarte de alguno de nuestros valores como son la honestidad y transparencia.

El motivo del cambio de dichos estatutos no es otro que la adaptación a los nuevos tiempos de la Asociación, para mantenerse actualizada y enfocada en el camino que quiere seguir. A partir de este momento se realizarán los trámites necesarios para su correcta inscripción y visado en la Junta de Castilla y León.

asa